EL EEES EN ESPAÑA, V SINTESIS CRITICA ( Antes de 26 de septiembre)
En esta ocasión los acontecimientos se me han adelantado, no había acabado de publicar las distintas partes del artículo sobre el momento en España del Espacio Europeo de Educación Superior, cuando ya desde el pasado 26 de septiembre contamos sobre la mesa con un documento de trabajo presentado por la nueva Ministra de Educación denominado Propuesta LA ORGANIZACION DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS EN ESPAÑA, que aunque me comprometo analizar más detenenidamente, y sobre todo después de los amables comentarios de Pedro Canut en su post del pasado 26 de octubre, que se han convertido en todo un reto, podemos adelantar que se ha avanzado en relación al tema que planteaba en la síntesis crítica que acompaño a continuación, y que como he dicho antes ponía fin al analisis del estado de la cuestión previo al documento de trabajo del 26 de septiembre.
El caso es que, aunque con limitaciones, por fin, y en gran medida por la exigencias de Europa, por fin el Ministerio de se decide a dar un poco más de libertad a las Universidades Española, ya que salvo para aquellas titulaciones que den acceso a profesiones reguladas ( Profesiones sanitarias, Derecho, Arquitectura, Ingenierias), la troncalidad o parte común de las titulaciones se va a limitar a 60 creditos, o lo que es los mismo a un año académico, el resto hasta completar los 240 que será el standard común será de libre creación de la universidad, que se someterá a directrice de 5 grandes áreas de conocimiento ( Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura), por lo que desapararece un catálogo cerrado de titulaciones, y se abre a la posibilidad de que, salvo para las profesiones reguladas, ahora las universidades creen títulos oficiales con denominaciones nuevas y genuina.
IV.- SÍNTESIS CRITICA. ( Antes del documento de trabajo de 26 de septiembre)
1. La primero que debe destacarse en este resumen crítico es que, quizás como en otras muchas materias, se percibe, al menos entre los clientes, usuarios o destinatarios de la enseñanza universitaria, un grado de desinformación bastante importante, por no decir alarmante, acerca de las características, alcance real, ritmos, y por supuesto consecuencias - no fácilmente medibles por cierto-, de este proceso.
2. Se trata básicamente de un proceso que trata homogenizar los sistemas universitarios implicados, facilitar su comparabilidad, fomentar la movilidad y las políticas de calidad, y cambiar el paradigma de los sistemas docentes.
3. Aunque ya era conocido, el proceso ha puesto de manifiesto las importantes diferencias entre los sistemas universitarios de los distintos países europeos inmersos en él. En algunos países se da mucha más libertad a las Universidades, que son libres para crear títulos universitarios, y por supuesto para establecer el contenido de los programas formativos y planes de estudios, conducentes a la obtención de esos títulos.
4. A día de hoy, el ECTS, como nuevo instrumento de medición del haber universitario, y el Suplemento Europeo al título, son dos instrumentos importantes en el área de la comparabilidad de los sistemas. Para algunos escépticos, en estos dos instrumentos se va a quedar todo lo positivo del proceso.
5. La preocupación por la calidad del sistema universitario, que en realidad, ya había comenzado en España algunos años atrás, ha experimentado un importante empujón con la incorporación de España al Espacio Europeo de Educación Superior, que se ha traducido en el transcendental papel que juegan tanto la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, como las agencias autonómicas, sobre todo en relación a la carrera profesional de profesores universitarios, y la exigencia de niveles mínimos de calidad en las enseñanzas universitarias oficiales.
6. La movilidad, que ya desde años se viene fomentado desde de la Unión Europea, tiene a nivel interno el gran reto de cómo se va a regular los convenios entre universidades de distintos países europeos, que tengan por fin impartir titulaciones de conjunto.
7. El cambio del paradigma del sistema educativo es un gran reto, muy ilusionante, pero al carecer en estos momentos de instrumentos concretos que nos sean de pura divulgación o fomento, no deja de ser una gran incógnita.
8. La homogenización de los ciclos del sistema universitario en el gran trabajo pendiente; es cierto que ya se ha creado la normativa marco, ya se han aprobado los primeros Master y programas de postgrado oficiales, pero por lo demás, todos son incógnitas, cuando no dudas o problemas de legalidad, incluso constitucional. Planteo algunas de ellas;
a) Se exige a las Universidades el que antes del 26 de enero de 2.008 ( es decir tres años desde la publicación del RD 55/05, de 21 de enero), se pongan en marcha todos los títulos, cuando a fecha de hoy, vamos camino de haber consumido la mitad del periodo, y el Ministerio de Educación, que por cierto acaba de cambiar de titular de cartera, no ha llevado al Consejo de Ministros, las directrices generales de ni uno sólo de los títulos de los nuevos grados.
b) ¿Porqué se paralizó la capacidad de las Universidades de solicitar la homologación de títulos universitarios conforme a las antiguas directrices generales , cuando la preparación de los nuevos títulos de grado estaba tan verde.?
c) ¿No se esta lesionado el legítimo derecho de las Universidades a ejercer la docencia, Art.. 27 de la constitución, impidiéndoles poner en marcha nuevos títulos al carecer de directrices generales propias a las que acogerse; utilizando además como instrumento de paralización, la disposición adicional de una norma de carácter reglamentario.?
d) ¿No se podría haber sido más aperturista, y haber permitido a las Universidades la libre creación de títulos universitarios de grado, al menos en el caso de los que. como algunos actuales – empresariales, informática, medio ambiente, muchas carreras de letras-, no implican la obtención de competencias profesionales directas?
e) ¿Cómo se va a impedir el uso tan generalizado de la palabra Master, que debería quedar reservada sólo a estudios oficiales de postgrado de las Universidades.?
f) ¿No se va a crear un desconcierto tremendo, como en realidad ya se está generando, si cada Comunidad Autónoma en uso de sus competencias, utiliza un criterio distinto, y permite unas prácticas distintas relación a los usos de las palabras Postgrado y Master.?
g) ¿No se puede correr el peligro de que los Master oficiales de las Universidades, se queden en realidad en casi anécdotas, o por lo menos de poca importancia en número, si las exigencias en cuanto a la titulación del profesorado son casi las mismas que para los cursos de doctorado clásicos, a pesar de que como dice la propia norma reguladora, una de las funciones principales de los Master debe ser la especialización profesional.?
h) ¿No va a suceder que en la práctica, las universidades, tanto las privadas como las públicas, continúen con su política de títulos propios, ya que estos son instrumentos de formación mucho mayor?.
i) ¿No se puede crear un lío tremendo, si la normativa permite que un titulado extranjero pueda obtener un Doctorado o Master en España, en Arquitectura, Medicina o Derecho, etc., sin poder ejercer colegiarse o ejercer la profesión, por no haber homologado el título de grado?. ¿No hubiera sido más coherente exigir la homologación del título, sobre todo cuando tal título lleva aparejadas competencias profesionales, pero flexibilizar el modo de su obtención; sobre todo cuando en España existe desde el 2.004, aunque efectividad del 2.005, la homologación de grado o de nivel académico.?
9. Y en relación a los temas pendientes de regulación, habrá que resaltar, que existe una enorme laguna legal, en el campo de la formación “on line”, en el que todo el mundo, incluidas por supuesto todas las universidades, se va metiendo – y me refiero a la formación oficial, porque en los títulos propios si que están presididos por un principio de libertad -, pero sin saber muy bien a que principios de organización general atenerse.
10. ¿ Se está en condiciones de distinguir entre la oferta y sistema formativo de la UNED, o de la Universidad Oberta de Cataluña, y la del restos de universidades?.
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manolo -